Resumen del Artículo Disposición adicional novena

Artículo Disposición adicional novena del Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos (LGURM) — Disposición adicional novena. Organismos modificados genéticamente. Las actividades de utilización confinada y liberación voluntaria de organismos modificados genéticamente que se incorporen o puedan incorporarse a medicamentos de uso humano o veterinario estarán sujetas a lo…

LGURMVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional novenaDisposición adicional novena

Disposición adicional novena. Organismos modificados genéticamente.

Las actividades de utilización confinada y liberación voluntaria de organismos modificados genéticamente que se incorporen o puedan incorporarse a medicamentos de uso humano o veterinario estarán sujetas a lo establecido en la Ley 9/2003, de 25 de abril, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente y en su normativa de desarrollo.

Norma publicada: 24 de julio de 2015

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional novena

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional novena del LGURM?

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¿El Artículo Disposición adicional novena del LGURM está vigente?

El artículo Disposición adicional novena del LGURM está vigente.

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El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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